martes, diciembre 04, 2007

TUTELAS Y DECISIONES JUDICIALES

Tutelas y decisiones judiciales han generado un POS paralelo al que está reglamentado por el Estado.

TOMADO DE EL TIEMPO.COM

Expertos del sector de la salud aseguran que las tutelas interpuestas por pacientes que requieren servicios que no están en el POS crecieron en un 68 por ciento entre el 2003 y el 2005.

Por servicios, procedimientos y medicamentos que no están en el POS, la Nación -mediante recobros al Fosyga- desembolsó el año pasado 628.254 millones de pesos para pagarles a las EPS.

Hace seis años, lo que pagaba el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por este mismo rubro fue mínimo para lo que es hoy: 5.311 millones de pesos, cuando tan solo había 637 recobros.

El año pasado estos ascendieron a 576.037.

El astronómico ascenso se ha hecho prácticamente a punta de tutelas y de decisiones en los estrados judiciales, con base en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Para expertos del sector de la salud, la 'tutelitis' por pacientes que requieren servicios que no están en el Plan Obligatorio de Salud (POS) -que ha crecido en un 68 por ciento entre el 2003 y el 2005- muestra que es necesaria una evaluación de esta lista, pues desde el 94 no se hace y así como está, va a seguir desangrando las finanzas del Fosyga.

"Debe hacerse urgentemente una revisión integral del POS, teniendo en cuenta un perfil epidemiológico de los colombianos (no se ha hecho en una década).

No estoy hablando de adiciones, sino de revisión -explica Martha Gualtero, de la Defensoría del Pueblo-. Otro punto es el fomento a la prevención de enfermedades".

'El tema se volvió un negocio'

El POS se ha actualizado en 41 medicamentos y 16 procedimientos y exámenes en el gobierno de Uribe, pero el sector de la salud advierte que no es suficiente.

Sin embargo, este panorama tiene alarmado al Gobierno.

Dice que el tema se ha convertido en un negocio, donde se lucran la industria farmaceútica, EPS y abogados que cada vez más están cobrando por asesorar a pacientes para que les acepten las tutelas.

Incluso, en Internet se encuentran las minutas para interponer estas acciones.

"El dilema es: o le damos POS a más gente o lo nutrimos.

Hoy, la estrategia del Gobierno es aumentar la cobertura, junto a una actualización razonable y responsable.

El país no está lejos en este tema en comparación con el mundo", explica Leonardo Cubillos, director de Gestión de la Demanda en Salud del Ministerio.

Entre las estrategias que la cartera está desarrollando están crear lineamientos científicos para determinar cuándo se puede subsidiar un tratamiento, estudiar formas para blindarse de muchas de las decisiones judiciales e incluso le piden a la Rama Judicial que destine jueces especializados en salud para que definan las tutelas.

Tutelan para toallas y condones.
Al investigar cuáles son los motivos de las tutelas para el no Pos se detectó que entre lo que más se pide ante los juzgados son los suplementos nutricionales, como el Ensure, (3.376 unidades entre abril y septiembre del año pasado), y las hormonas de crecimiento (3.244 en el mismo lapso).

Solo para surtir este último medicamento, el Fosyga desembolsó para esos cinco meses 6.983 millones de pesos, según cifras preliminares de un estudio que prepara y revisa el Ministerio. Cada tratamiento puede costar 30 millones de pesos al año.

En esta lista han repuntado medicinas para la artritis y la utilizada para transplantes.Por fallos de tutela, el mismo fondo desembolsó 2.915 millones de pesos por el procedimiento de bypass gástrico -que reduce la obesidad- entre febrero del 2005 y septiembre del 2006.

Repasando los fallos de tutelas también se encontró que se han concedido productos que no están en el POS como humectante para los labios, jabones, condones, toallas higiénicas, valeriana, toallas húmedas, aceites, masajes, aspirinas, bloqueador solar e implantes dentales, entre otros.

También se destacan antibióticos de ultima generación y medicamentos para el cáncer y el sida.

Para Juan Carlos Giraldo, director de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, una de las razones de esta tutelitis ha sido las inequidades que hay entre el POS subsidiado y contributivo.

"La cobertura no es solo el número de personas con algún tipo de seguro, sino el tipo de servicios a que tiene derecho cada una -advierte Galindo-. Por eso, no es nada raro que hoy estén creciendo los reclamos y es una tendencia que va a seguir".

En todo esto, la jurisprudencia que ha expedido la Corte Constitucional en la última década ha tenido un papel fundamental para que se haya creado este POS paralelo, hecho en los estrados de los juzgados.

El alto tribunal ha sustentado sus decisiones en estos casos en el derecho a la salud, la vida, a la calidad de vida y a la dignidad (ver recuadro).

"El problema es definir al servicio de quién está el Estado. Debería estar, por encima de todo, del lado de la defensa de los derechos fundamentales", explica el ex magistrado de la Corte Alfredo Beltrán Sierra.Incluso, otra Corte, el Consejo de Estado, ordenó al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en el 2004, incluir en el POS el ácido zolendrónico, para complicaciones óseas.

Las EPS critican el rol del alto tribunal, debido a que, según ellas, no tiene en cuenta los efectos económicos de sus decisiones. "Lamentablemente la Corte hasta este momento no ha incluido los análisis de los recursos necesarios para la financiación y está creando un POS ilimitado, inviable para cualquier país", advierte Juan Manuel Diazgranados, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi).

El líder gremial agrega que acatan las tutelas, pero se queja de que el Estado les debe recursos de estos recobros por lo que no está en el POS.

"Al paso que vamos el dinero no va a ser suficiente. Quedan pendientes 500.000 millones de pesos que no nos han pagado (el Estado) -dice Diazgranados-. El Estado ha venido zafándose de la responsabilidad y nosotros estamos pagando los platos rotos".


  • 8 tutelas ha resuelto la Corte Constitucional en los últimos 6 años para exigir el suministro de tratamientos con hormonas de crecimiento.

  • 13 tutelas ha decidido el alto tribunal desde el año 2000, exigiendo que se haga reducción de busto por problemas de salud.

¿Qué ha dicho la Corte Constitucional?

Estas han sido las principales ideas que ha determinado el alto tribunal en fallos de tutelas de pacientes requiriendo servicios del no Pos:

1.-La falta del servicio médico o del medicamento vulnera o amenaza los derechos a la vida o a la integridad personal de quien lo requiere, bien sea porque se pone en riesgo su existencia o se ocasiona un deterioro del estado de salud que impide que esta se desarrolle en condiciones dignas.
2.-Que se trate de un procedimiento, tratamiento o medicamento que no puede ser sustituido por otro contemplado en el POS, POSS o POSS parcial o que, existiendo, no tenga la misma efectividad del excluido.
3.- Que haya sido ordenado por un médico adscrito a la EPS del régimen contributivo o subsidiado.
4.- Que el enfermo acredite que no puede sufragar el costo del procedimiento, tratamiento o medicamento y no tenga acceso a otro plan de salud.

Casos clave que han llegado a los tribunales

Madre acude a juez para que su hijo tenga un crecimiento normal .
De un día para otro, a Amparo Pérez, que estaba en el régimen subsidiado del Sisbén, le dijeron que necesitaba más de 60 millones de pesos para hacerle un tratamiento a su hijo, que no está incluido en el POS.

El niño sufría un grave problema de crecimiento. A sus 8 años, tenía la talla de uno de 5. Durante los últimos dos años solo había crecido centímetro y medio.

Por eso, los médicos de un hospital público de Bogotá le formularon 69 unidades de hormona de crecimiento, cada una con un costo de un millón de pesos.

Amparo tuteló. En primera instancia, el juez conminó a que el hospital le diera las dosis. Sin embargo, en la apelación, otro juez revocó la decisión diciendo que "el hecho de que no se le hayan suministrado las pastillas hormonales para que su crecimiento corporal sea armónico con su edad, en modo alguno le causa un perjuicio actual e inminente que se deba proteger por este especial mecanismo judicial".

La Corte Constitucional tomó el caso y obligó a la Secretaría de Salud de Bogotá la prestación del servicio: "Las condiciones de autoestima y dignidad del niño no pueden ser relegadas a un segundo plano".

La reducción de busto, ¿problema de salud o de estética?

En tan solo dos años, Ana María subió la talla de su brasier: pasó de 34 a 42. A sus 19 años, el tamaño de su busto ya le estaba causando problemas de salud.

Los médicos le diagnosticaron traumas en la espalda no solo por la presión de las tiras del sostén, debido al gran peso, sino dolores y futuros problemas de columna.

Sufría, además, de depresión y complejo.Después de los análisis le encontraron gigantomastia bilateral, por lo que recomendaron una cirugía de reducción de busto.

Interpuso una tutela ante un juez para que su EPS le haga la operación, que tendría un costo de unos 6 millones de pesos. Esta adujo que "la mamoplastia reductora no está en el POS".El caso llegó a la Corte Constitucional porque el juez negó la tutela.

Los magistrados decidieron que había que "distinguir entre las intervenciones quirúrgicas con meros fines estéticos, de aquellas cirugías cuyo fin principal es solucionar problemas de salud de los pacientes, así puedan tener también un resultado estético beneficioso". Y agregó que la mujer "está en riesgo el derecho fundamental a la vida en condiciones dignas y a la salud".

1 comentario:

  1. Este fenómeno lo que demuestra es que el POS es insufuciente y de mala calidad y en muchos de los casos es injusto. No se puede generaliazar por lo de los condones y las toallas. Este sistema está mal diseñado y requiere ser cambiado con urgencia

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