domingo, septiembre 03, 2017

NO PAGO

#Opinión
#Terapiadedignidad, la columna de opinión de Nury  E Villalba S
DIARIO ADN BUCARAMANGA

No Pago
A mediados de agosto se publicó en medios de comunicación, la noticia de que los pacientes de alto costo estaban exentos de copagos y cuotas moderadoras por los servicios de salud. Así lo confirmaba la Corte Constitucional en la sentencia T-399 de 2017, pero recordemos que la Corte en este sentido ha sido reiterativa y encontramos múltiples sentencias que así lo confirman desde hace varios años.
Desde el año 2004 en el acuerdo 260 en su artículo 7 se establece que “Los pacientes que presenten una enfermedad catastrófica o de alto costo están exentos tanto de copagos como de la cancelación de cuotas moderadoras durante su tratamiento”.
Pero también están exentos de cuotas de recuperación los pacientes de alto costo del régimen subsidiado, existe un desconocimiento de estas normas y vemos como los pacientes afectados se ven obligados a interponer acciones de tutela y llegar hasta la Corte Constitucional para hacer valer sus derechos, pues no contar con los medios económicos para asumir estos pagos y ser obligados a ello, constituyen una barrera de acceso a los servicios de salud, lo cual va en contra de los principios que deben regir la prestación del servicio de salud. Señor usuario ¿Sabe usted cuándo le corresponde pagar o no cuotas moderadoras y copagos? ¿Cuál es valor máximo por año que debe pagar ?
@FUESPERANZAVIVA

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