sábado, agosto 01, 2020

SOCIEDAD CIVIL EN COLOMBIA SOLICITA A LA CORTE CONSTITUCIONAL AUDIENCIA PÚBLICA POR CRISIS DE LA SALUD EN PANDEMIA POR COVID-19

18 organizaciones de pacientes entre ellas la Fundación Esperanza Viva, Durante la pandemia hemos identificado:

● Interrupción de los tratamientos
● Cancelación o aplazamiento de procedimientos o exámenes
● Demora en las citas médicas especializadas, el acceso a teleconsulta es muy limitado.
● No entrega o entrega parcial de medicamentos (operadores logísticos no están garantizando el abastecimiento) la entrega de medicamentos a domicilio en varios operadores no se garantiza, exponiendo los pacientes al contagio por COVID-19 al reclamarlos de manera presencial.

Por estos motivos radicamos en la corte constitucional un pronunciamiento conjunto de la Sociedad Civil, por incumplimiento a la Sentencia T-760 de 2008 y la consecuente violación de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, a la Constitución Política y las normas internacionales ratificadas por Colombia sobre protección internacional al Derecho Humano a la Salud, consideramos que existe vulneración al Derecho Fundamental a la Salud y a la Vida de pacientes con enfermedades de alto costo, huérfanas, enfermedades crónicas no transmisibles durante la pandemia por COVID-19.

PETICIONES

En las circunstancias actuales el incumplimiento de la Sentencia T- 760 de 2008, atenta contra el derecho fundamental de la salud de los colombianos que padecen enfermedades de alto costo, huérfanas y enfermedades crónicas no trasmisibles, teniendo en cuenta lo aquí expuesto, solicitamos respetuosamente:

1. Declarar el incumplimiento de la sentencia T-760 de 2008 durante la pandemia por covid-19 en los enunciados aquí analizados, donde se evidencia la vulneración del derecho fundamental individual a la salud de las personas con enfermedades de alto costo, huérfanas y enfermedades crónicas no trasmisibles.

2. Exigir el cumplimiento del fallo de la sentencia T-760 DE 2008 a los actores del sistema de salud en Colombia, respecto de los pacientes con enfermedades de alto costo, huérfanas y enfermedades crónicas no trasmisibles.

3. Advertir a los actores del sistema de salud, sobre los graves consecuencias y perjuicios irremediables que recaen en estos pacientes si no se les genera acceso al sistema de salud y se les prestan los servicios respectivos.

4. Solicitamos la realización de una audiencia pública con la presencia las organizaciones de pacientes como representantes de la sociedad civil, el Ministerio de Salud y protección social, la Superintendencia de Salud, la Procuraduría General de la Nación y la defensoría del pueblo, para generar un espacio de diálogo constructivo, que busque la garantía de la atención integral, oportuna, con calidad seguridad, eficacia y dignidad de las enfermedades de alto costo, huérfanas y enfermedades crónicas no trasmisibles.

5. Exhortar al gobierno en la reglamentación de la ley estatutaria 1751 para eliminar las barreras impuestas por EPS Y IPS durante la pandemia por COVID 19.

El documento enviado el 31/7/2020 consta de 17 páginas compartimos algunos apartes.







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