RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
CUOTAS MODERADORAS : Son los aportes en dinero que tienen como objeto regular la utilización de los Servicios de Salud y estimular su buen uso. Deben ser pagadas por los cotizantes y beneficiarios, a partir de la primera utilización en el año. (Por disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud).
Las Cuotas Moderadoras se aplican tanto a cotizantes como a beneficiarios, en los siguientes servicios:
CUOTAS MODERADORAS : Son los aportes en dinero que tienen como objeto regular la utilización de los Servicios de Salud y estimular su buen uso. Deben ser pagadas por los cotizantes y beneficiarios, a partir de la primera utilización en el año. (Por disposición del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud).
Las Cuotas Moderadoras se aplican tanto a cotizantes como a beneficiarios, en los siguientes servicios:
- Consulta externa médica, odontológica y paramédica
- Consulta externa médico especialista
- Atención en el servicio de urgencias cuando no se compromete la vida o funcionalidad de la persona
- Medicamentos ambulatorios Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico ordenados en forma
- ambulatoria o Exámenes de diagnóstico por imagenología ordenados en.forma ambulatoria.
- Exámenes especiales autorizados solo por el médico tratante
- Programa de atención domiciliaria: visitas médicas y paramédicas,
- Medicamentos, suministro de oxígeno y servicios de radiología.
Nivel | Valor en IBC | Valor cuota moderadora | Valor en pesos** Año 2012 |
I | Menos de 2 SMLMV * | 11.7% de un salario mínimo diario legal vigente | $2.200 |
II | De 2 a 5 SMLMV * | 46.1% de un salario mínimo diario legal vigente | $8.700 |
III | Más de 5 SMLMV * | 121.5% de un salario mínimo diario legal vigente | $22.900 |
* Salario mínimo legal mensual vigente
** A partir del primero de enero de cada año se actualiza con base en el nuevo salario mínimo legal vigente.
NOTA: Para las personas con discapacidad mental se deberá dar aplicación a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1306 de 2009.
VALOR DE COPAGOS 2012
RANGO DE IBC EN SMLMV (1) | COPAGO EN % DEL VALOR DEL SERVICIO | VALOR MAXIMO POR EVENTO | VALOR MAXIMO POR AÑO |
MENOR A 2 SMLMV | 11,50% | $162.633 | $325.832 |
ENTRE 2 Y 5 SMLMV | 17,30% | $651.665 | $1.303.329 |
MAYOR A 5 SMLMV | 23,00% | $1.303.329 | $2.606.659 |
También en bueno recordar que NO se cobran copagos en el régimen contributivo a:
- Servicios de promoción y prevención
- Programas de control de atención materno infantil
- Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles
- A enfermedades catastroficas o de alto costo
- La atencion de urgencias
- Los servicios sujetos a la aplicacion de cuotas moderadoras
RÉGIMEN SUBSIDIADO
En el régimen subsidiado no se pagan Cuotas Moderadoras.
Valor de los Copagos 2012
TOPES | COPAGOS EN % DEL SERVICIO | VALOR MAXIMO COPAGO 2012 |
VALOR MAXIMO POR EVENTO | 10% | $283.332 |
VALOR MAXIMO POR AÑO | $566.665 |
LA ATENCIÓN CON CUALQUIER SERVICIO, ACTIVIDAD, PROCEDIMIENTO E INTERVENCIÓN INCLUIDO EN EL POS-S SERÁ GRATUITA Y NO HABRÁ LUGAR AL COBRO DE COPAGOS PARA LAS SIGUIENTES POBLACIONES:
1. Niños durante el primer año de vida
2. Población con clasificación UNO mediante encuesta SISBEN (cualquier edad)
3. Poblaciones especiales que se identifiquen mediante instrumentos diferentes al SISBEN, tales como listados censales u otros, siempre y cuando presenten condiciones de pobreza similares a las del nivel UNO del SISBEN tales como:
- Población infantil abandonada mayor de un año
- Población indigente
- Población en condiciones de desplazamiento forzado
- Población indígena.
- Población desmovilizada.
- Personas de la tercera edad en protección de ancianatos en instituciones de asistencia social.
- Población rural migratoria.
- Población ROM.
LA ATENCIÓN SERÁ GRATUITA Y NO HABRÁ LUGAR AL COBRO DE COPAGOS PARA CUALQUIER POBLACIÓN DE CUALQUIER EDAD Y CONDICIÓN SOCIOECONÓMICA, EN LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
- Control prenatal, la atención del parto y sus complicaciones
- Servicios de promoción y prevención.
- Programas de control en atención materno infantil.
- Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
- Enfermedades catastróficas o de alto costo.
- La atención de urgencia.
- La consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el POS-S y consulta de urgencia.
- Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral de patologías.
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