sábado, febrero 24, 2018

MUERTE DIGNA

#Opinión #Terapiadedignidad, la columna de Nury Esperanza Villalba 
DIARIO ADN BUCARAMANGA.

Por estos días se reactiva en el país el tema de morir dignamente, el ministerio de salud y protección social expidió en el año 2015 la Resolución 1216 donde se da cumplimiento a la sentencia T-970 de 2014 de la Honorable Corte Constitucional para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad.
Según la corte morir dignamente no es solamente la eutanasia: “se trata de un conjunto de facultades que permiten a una persona ejercer su autonomía y control sobre el proceso de muerte, e impone a terceros límites respecto a las decisiones que tomen en el marco del cuidado de la salud”.
No ha sido fácil para algunos pacientes acceder a una muerte digna, por esta razón la corte constitucional emitió una nueva sentencia, donde aclara que es para las personas con enfermedades terminales, que sufren de intensos dolores y la solicitan por sí mismos o por interpuesta persona el procedimiento, también es para las personas que padece una enfermedad en estado terminal o crónico, degenerativo irreversible, con alto impacto en su calidad de vida y que por sí mismo o interpuesta persona desiste anticipadamente de tratamientos médicos que no le surten efecto.
Yo creo y comparto, si puedes curar, cura, si no puedes curar, alivia, si no puedes aliviar, consuela y en todo caso respeta la voluntad del paciente y sus valores.

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