viernes, mayo 18, 2012

EPS NO PONDRÁN BARRERAS DE ACCESO A PACIENTES


MINSALUD SUPRIME UN REQUISITO PARA QUE EPS NO PONGAN BARRERAS PARA ATENCIÓN DE PACIENTES


Bogotá, 18 de mayo de 2012.- 

La Ministra de Salud y Protección Social, Beatriz Londoño Soto, afirmó que con el propósito de evitar barreras que obstaculicen la prestación continua, oportuna e integral de servicios de salud a los afiliados al Sistema de Salud, se suprimió un requisito que las EPS deben tramitar y presentar al Fosyga.

“Después de reunirnos con pacientes, nos enteramos que les estaban poniendo a diligenciar un formato que deben presentar las EPS al Fosyga, lo que se convertía en un obstáculo para recibir la atención y por eso tomamos la decisión de derogarlo” dijo la ministra Londoño Soto.

En circular dirigida a las Entidades Territoriales, EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, Instituciones Prestadoras de Servicios y Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, la titular de la Cartera de Salud reitera la obligación que tienen de dar estricto cumplimiento a los fallos de tutela.

El documento señala que “los usuarios han puesto en conocimiento de este Ministerio la problemática que enfrentan cuando requieren hacer efectivo su derecho a la salud como consecuencia de la aplicación de dichos  fallos, manifestando que algunas EPS y/o IPS condicionan la ejecución y cumplimiento de los mismos al agotamiento de otros trámites administrativos como la convocatoria a los Comités Técnico Científicos o al diligenciamiento de formatos como los contemplados en la Resolución 782 de 2012 “Por la cual se adiciona la Resolución 3099 de 2008, modificada en lo pertinente por las Resoluciones números 3754 de 2008, 4377 de 2010 y 1089 de 2011”, cuya finalidad exclusivamente está orientada al recobro de la actividad, intervención, insumo, medicamento, dispositivo o procedimiento en salud ante el Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA.

Así mismo, la Ministra señaló que se expidió la Resolución correspondiente, en la que se deroga el literal g) del artículo 11 de la Resolución 3099 de 2008 adicionado mediante la Resolución 7082 de 2012 donde se establece este requisito para las EPS.

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